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Cobertura para los individuos elegibles de HIPAA

   

La Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud (HIPAA: Health Insurance Portability and Accountability Act), sancionada en 1996, estableció protecciones especiales para algunas personas – denominadas “individuos que reúnen los requisitos en el ámbito federal” o “individuos que reúnen los requisitos de HIPAA” – cuando pierden su cobertura de salud grupal. Una vez que las personas cumplen con los requisitos de elegibilidad de la ley HIPAA, se les garantiza una oferta de por lo menos dos pólizas de seguro de salud que no impongan períodos de exclusión por afecciones preexistentes. La ley HIPAA no hace ninguna referencia al monto que se puede cobrar a las personas por dicha cobertura.

Cobertura de seguro según la HIPAA

Los requisitos de la HIPAA para garantizar la emisión de una cobertura sin afecciones preexistentes varían de un estado a otro. En algunos estados, la reglamentación de la HIPAA se aplica a todas las compañías de seguros privadas que ofrecen cobertura en el mercado de los seguros de salud individuales. Sin embargo, algunos estados han realizado otros acuerdos para garantizar esas medidas de protección de la ley HIPAA únicamente mediante las uniones de aseguradoras de alto riesgo estatales. En esos estados, las aseguradoras privadas todavía tienen la libertad de evaluar los riesgos médicos de sus pólizas y de denegar la suscripción a quien ellos deseen, como así también de imponer períodos de exclusión por afecciones preexistentes, incluso a las personas que reúnen los requisitos de elegibilidad de la HIPAA.

Algunos estados también imponen un límite a las aseguradoras en relación con el monto máximo que pueden cobrarles a los individuos elegibles de la HIPAA (y a menudo a otros residentes) por brindarles cobertura.

Cómo convertirse en un individuo elegible según la HIPAA

Para ser una persona elegible según la ley HIPAA, debe reunir todos los criterios de elegibilidad que figuran a continuación:

Debe haber contado con cobertura fidedigna durante un período continuo de 18 meses, y haber estado dentro de un plan de salud grupal (aquí se incluyen los planes ofrecidos por iglesias y empleadores estatales) por lo menos durante el último día de ese período.

También es necesario que haya finalizado cualquier cobertura COBRA o cobertura por prórroga estadual para la cual reunía los requisitos de elegibilidad.

No debe ser elegible para Medicare, Medicaid o un plan de salud grupal.

No debe contar con un seguro de salud. (Sin embargo, tenga en cuenta que si usted sabe que su cobertura grupal está por finalizar, puede solicitar la cobertura para la cual se lo considera elegible en el ámbito federal).

Debe solicitar el seguro de salud para el cual es elegible en el ámbito federal dentro de los 63 días siguientes a haber perdido la cobertura con la que contaba anteriormente.
Para obtener más información sobre las coberturas de salud disponibles para usted de acuerdo con la ley HIPAA, consulte la guía elaborada por la Universidad de Georgetown llamada “A Consumer Guide to Getting and Keeping Health Insurance” (“Guía del consumidor para obtener y conservar un seguro de salud” (disponible únicamente en inglés) correspondiente al estado donde reside.

La información aquí mencionada se extrajo del “Health Insurance Resource Manual” (Manual sobre recursos de seguros de salud), ©2003, elaborado por el  Health Policy Institute (Instituto de Políticas de Salud) de la Universidad de Georgetown para la American Diabetes Association. Todos los derechos reservados.



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